Visión en Colombia de la Convención Colectiva

Para nuestros lectores, damos gracias por su visita en consultar sobre el tema en referencia de nuestro Blog.
Bueno, esta semana estaremos trabajando sobre la visión de este en Colombia cruzada con el sector privado y el público.

Recordemos que es un Derecho Constitucional, y que la figura convencional se origina y fundamenta en la necesidad de llevar al ámbito colectivo la negociación de las condiciones de trabajo, y así descompensar el desequilibrio de las relaciones individuales y asi garantizar la mejor protección de los trabajadores.



Cómo se aplica el producto de la negociación Colectiva ?
  • La Eficacia Normativa o real: se aplica automáticamente a relaciones individuales  (se impone en contrato individual y las cláusulas) sin necesidad de pactos entre las partes (empleador-trabajador)
  • La Eficacia Contractual : rea obligaciones para los firmantes y la aplicación a los terceros con el pacto entre las partes firmadas.
Sector Privado:

En el artículo 467 de CST, la convención colectiva tiene como objetivo "fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo" y el artículo 16 CST, " las normas de trabajo, por ser de orden público, producen efecto general inmediato, por lo que se aplica a los contrantos esten vigentes o en curso en momento que dichas normas empiecen a regir". En resumen podemos evidenciar que la convención colectiva tiene una eficacia normativa.

Tiene sus posibilidades:
  1. El  número de trabajadores afiliados al sindicato no es ni la 3 parte del total de trabajadores de la empresa, la convención solo aplica para los afiliados al sindicato.
  2. Cuanto los afiliados al sindicato exceden la 3 parte de la totalidad de los trabajadores de la empresas, las normas de conveneción se extiende a todos.
Cuando se trata de una convención por rama que es acto gubernamental.

Sector Público:

Acuerdo entre sindicatos y respectivos órganos de  Administración debe ser depositado en el Ministerio de Trabajo.
Seguidamente, ya transcrito a un acto administrativo o una ley, el acuerdo tendrá eficacia normativa y general y esta aplica para todos los funcionarias sin excepción alguna.
 


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